Una
vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el 15 de enero del
presente año, la parte social de la comisión del Fondo de Asistencia Social de
Tragsatec se ha reunido para estudiar toda la documentación recibida.
Las
partidas con mayor número de solicitudes han sido: dentista, libros de texto,
óptica y desplazamientos.
Exclusiones
- Apartado 3.2.1: gastos en líquidos de lentes de contacto.
- Apartado 3.2.3: gastos de matrículas para cursos no oficiales.
- Apartado 3.2.6: gastos en material escolar (estuches, lápices,
rotuladores, uniforme,…..) y libros de lectura.
- Facturas con fecha
en la que el trabajador no estuviera vinculado a la empresa o no tuviese aún
la condición de indefinido.
Cálculos para asignación
de las ayudas
Este
año contamos con un total de 72.483,34 €,
sumando la parte aportada por el personal (33,6 € persona/año) y la asignación
de la empresa (181,65 € por persona/año), además de la reserva del pasado 2011.
Tal
como se establece en el punto 3.1 del Estatuto FAS Tragsatec 2012, el 15% queda en Reserva para que esté
disponible a lo largo del 2013 ante una situación sobrevenida en la que el
trabajador no pueda esperar hasta el reparto de los fondos planificado para el
primer trimestre del año siguiente. Por lo tanto contaríamos con un Fondo de Reserva
de 10.872,5 €.
Otro
15 % del total iría destinado al Fondo de Emergencias, pero puesto que ninguna de las solicitudes recibidas
corresponden a esta partida, esta cantidad se sumó al Fondo de Reparto de
conformidad con lo expuesto en el punto 3.3 del Estatuto FAS Tragsatec 2012.
Por
lo tanto, este año disponemos de 61.610,84 € para repartir entre las 156 solicitudes recibidas y admitidas a
trámite. Finalmente se repartieron 62.129,27
€ por lo que quedaron en Reserva 10.354,07 €.
En
el punto 3.2 del Estatuto se muestra una tabla con los porcentajes que se
aplican al importe máximo, en función de las retribuciones brutas anuales. Se
decidió incluir esta tabla para hacer más progresiva la ayuda del FAS puesto
que tanto la aportación de la empresa, como nuestra propia aportación al fondo,
es igual independientemente de lo que cobremos, lo que sitúa a las rentas más
bajas en una situación de discriminación. En la reunión que celebró la comisión
para aprobar el texto definitivo del Estatuto la empresa nos comunicó de forma
oral que el 80 % de la plantilla estaba por debajo de los 25.000 €. Desde la
parte social dimos por buena esta información y aceptamos la propuesta final de
la empresa.
Sin
embargo, cuando la empresa nos suministró la información relativa a las
retribuciones brutas anuales pudimos comprobar que solo el 44,8 % estaba por
debajo de dicha cantidad, es decir, muy lejos de lo que nos habían dicho de
palabra. Deberíamos haber tenido esta información antes de firmar. Intentaremos
evitar estas situaciones de cara al presente año.
En un primer momento la empresa nos envió un
archivo en Excel en el que aparecía todo el personal de Tragsatec Galicia, con
una x en el rango de retribuciones en el que se encuentra (en ningún momento se
nos informó de lo que cobra cada uno de los trabajadores de la empresa). Es
importante señalar que desde la parte social se pidió a la empresa que hiciese
los cálculos descontando la paga extra de navidad y teniendo en cuenta las
reducciones de jornada. De este modo alguna gente que estaba en un nivel de
retribuciones pasó al nivel inferior pudiendo así cobrar el 100% o el 75%,
según el caso.
Pero
tuvimos que volver a pedir una vez más esta documentación a la empresa porque
nos dimos cuenta de que estaban incluyendo las dietas y Km para obtener los
tramos, a pesar de que les habíamos solicitado únicamente las Retribuciones
dinerarias que aparecen en el “Certificado de Retenciones e Ingresos a cuenta
del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas”.
Cálculo del importe máximo a
percibir en función de los porcentajes de la tabla del punto 3.2:
Lo hicimos de la siguiente forma:
§
En primer lugar hallamos
una cantidad inicial de referencia dividiendo los 61.610,84 € disponibles entre
las 156 solicitudes admitidas obteniendo un dato de 394,94 €.
§
Como no todas
las solicitudes llegan a ese tope de 394,94 y como no todo el personal recibe
el 100 % de lo que solicita, se llegó a
la cantidad máxima de 570 € para el primer rango salarial (100 %) y 427,5 €
para el segundo (75%).
Importes de dietas
especiales, Km. y ayuda por nacimiento de hijos y adopción o acogimiento de
menores:
§
Para el último
punto del apartado 3.2.1., dietas
especiales prescritas por facultativo, se estableció un importe de 100 euros. Se
trata de una ayuda para aquellas personas que deben realizar una dieta especial
debido a que padecen algún trastorno alimenticio, como puede ser una alergia,
intolerancia,….Se determinó una cantidad de 100 euros para sufragar los gastos
que las personas con este tipo de problemas puedan tener a lo largo del año en
sus compras habituales de comida.
§
El cálculo del importe por Km. (punto 3.2.2) se estableció
de la siguiente forma: se tomó como referencia los importes pagados en el FAS Tragsatec 2011 (existía también un
Estatuto de Tragsega a pesar de que ya se había producido la fusión de
empresas) pero con la salvedad de que este año la comisión decidió determinar
el importe de la ayuda en función del nº de kilómetros exacto que realiza el
trabajador. Es por esto que se calcula un importe de 5 euros por Km para
trayectos iguales o superiores a 15
Km. A los trabajadores que hayan solicitado esta ayuda
pero que no hayan estado desplazándose al centro de trabajo durante todo el año
se les ha calculado el importe de forma proporcional. Ejemplo: Un trabajador
solicita una ayuda por desplazamiento de 50 Km al centro de trabajo durante los 6
primeros meses del año. En este caso multiplicaríamos 50 Km x 5 euros= 250 euros. Esta
cantidad se dividiría a la mitad puesto que el trabajador solo se ha estado
desplazando la mitad del año (6 meses) por lo que recibiría una ayuda de 125
euros.
§
Para el apartado
3.2.5, ayuda por nacimiento de hijos y
adopción o acogimiento de menores durante el año 2012, establecimos un
importe de 570 euros, coincidiendo con el importe máximo que se puede repartir,
de modo que en los casos en que una trabajadora o trabajador solicite
únicamente ayuda por este concepto pueda optar a cobrar el importe máximo o el
75% del mismo, en función del rango salarial en el que se encuentre.
Tal
como se establece en la página 8 del Estatuto, el Fondo de Reparto se asignó de
forma proporcional al número de meses en que el trabajador haya aportado para
el FAS. Para ello la empresa nos facilitó el listado de los trabajadores
indefinidos que ha habido en la empresa durante el 2012, incluyendo tanto al personal
indefinido que causó baja como a los nuevos pasos a plantilla que hubo durante
dicho año.
Asimismo,
se aceptaron solamente aquellos gastos cuyas fechas se encuadran en el período
en el que existía la relación laboral, de carácter indefinido, del trabajad@r con
Tragsatec (ej: Si una persona causa baja en la empresa, por despido,
excedencia,…..en el mes de agosto, no se le pagan facturas con fechas
posteriores y se calcula el importe de su ayuda de forma proporcional a los
meses de alta, en este caso 8).
Para
cualquier duda o aclaración no dudéis en poneros en contacto con cualquiera de
los miembros de la comisión.
Aranzazu Torrecillas Largo
Carlos
Posada Lombardero
Clara
Pazos Justo
Silvia
de la Fuente Bralo
Agradeceríamos,
además, cualquier tipo de aportación que se os ocurra puesto que ya que hemos
empezado la redacción del nuevo Estatuto.