miércoles, 14 de abril de 2010

COMISIÓN DE RECLASIFICACIÓN

Hola a todos, el próximo mes de mayo será convocada una nueva reunión de la Comisión de Reclasificación, os recordamos cual es el procedimiento:

PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:


1.- El trabajador cumplimentará el formulario de solicitud de reclasificación, según el modelo aprobado por esta Comisión (Acta nº7 ORET, de 26/01/06 -
Anexo III), indicando claramente la categoría profesional que solicita, en función de los trabajos que desarrolla (art. 17 del XIV Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos y Acta nº 7 ORET, de 26/01/06. Anexo I).
El trabajador podrá adjuntar a la solicitud de reclasificación cualquier documento que acredite que realiza las funciones y trabajos declaradas en la mencionada solicitud.


2.- La solicitud será presentada al Comité de Empresa o Delegado de Personal para su visto bueno.
En aquellos centros de trabajo donde no exista representación legal de los trabajadores, se deberá someter al visto bueno del ORET.

3.- El Comité de Empresa, Delegado de Personal u ORET, en su caso, remitirán la solicitud de reclasificación del trabajador con su visto bueno, a la Dirección Técnica y a la Delegación Autonómica correspondiente.

4.- La Dirección Técnica, en su caso la Unidad Organizativa, emitirá un informe en el modelo oficial (Acta nº7 ORET, de 26/01/06 -
Anexo II), sobre las funciones y actividades desarrolladas por el trabajador.
La Dirección Técnica, en su caso la Unidad Organizativa correspondiente, en el plazo máximo de una semana desde la recepción de la solicitud, remitirá a la Dirección de Recursos Humanos la solicitud del reclamante, así como el informe de funciones y actividades emitido por la misma.


5.- Con la periodicidad acordada y siempre que existan reclamaciones para su estudio, la Comisión de Reclasificación se reunirá para revisar la adecuación de la categoría profesional de cada trabajador solicitante a las actividades que realiza en la Organización.
Analizada la mencionada información y contrastada la adecuación de la categoría asignada o la idoneidad del cambio solicitado, se levantará acta de la decisión adoptada y se emitirá un comunicado al trabajador afectado con la resolución de su solicitud.
Adjuntamos el Anexo I y el último Convenio de Ingenierías para que consulteis las categorías laborales y el Anexo III para hacer la solicitud.

Todavía no tenemos fecha definitiva de la reunión así que aún estamos a tiempo de tramitar las solicitudes que vayamos recibiendo.


Los que trabajéis fuera de la red Tragsa (oficinas cliente) y necesitéis los anexos, poneros en contacto con nosotros (tragsatec-galicia@comfia.ccoo.es) y os lo pasamos por correo.

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